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Presenta tu declaraciónanual ¡a tiempo!
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementa mejoras a los formularios de la Declaración Anual 2024 para empresas.
Éstas deben presentar su declaración entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con la ventaja de que el formulario incluye precarga de información en rubros como ingresos, retenciones, nómina y remanentes fiscales.
¿Quiénes tienen que hacer en este periodo su declaración anual?
Por el momento, son las empresas las llamadas a hacer su declaración anual, en el plazo antes mencionado; sin embargo, las personas físicas tendrán que hacerla entre el 1 y el 30 de abril.
Novedades en los formularios del SAT
Algunas de las modificaciones clave en la Declaración Anual 2024 son:
Nuevo campo en el Régimen General: se incluyó un campo denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).
Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada: se incorpora el campo “PTU no deducible”.
Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: se mantiene la opción de visualizar remanentes de pérdidas fiscales desde 2014 hasta 2023.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): las personas morales inscritas en el (RESICO) que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”. Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Además, dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.